España tiene hasta abril del 2020 para cumplir con la legislación europea sobre tratamiento de las aguas residuales urbanas. El pasado 12 de febrero, la Comisión Europea (CE) lanzó un ultimátum al Estado español, que debe mover ficha si quiere evitar ser enviado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no respetar dichos requisitos.
 

Un incumplimiento que llega a los 20 años

Hace aproximadamente tres décadas, en 1991, la Unión Europea (UE) aprobó la directiva que regula la depuración de aguas residuales urbanas. Los países miembros contaban con un margen de 10 años, hasta 2001, para adaptar sus infraestructuras municipales. 

Como apuntó la CE en su comunicado, los Estados miembros de la UE “deben establecer un tratamiento secundario de todos los vertidos procedentes de aglomeraciones urbanas de más de 2.000 equivalentes habitante, y un tratamiento más avanzado para las aglomeraciones urbanas de más de 10 000 equivalentes habitante en zonas sensibles designadas”. Casi treinta años después de su aprobación y veinte tras el plazo máximo de cumplimiento con la “nueva” normativa, la CE advirtió al Gobierno de España que sigue saltándosela a “gran escala”, pues se han detectado hasta 133 aglomeraciones urbanas que aún vierten en zonas normales o en zonas sensibles (algo que contradice totalmente la directiva europea). 
 

El plan para regular la depuración de aguas en España

El ultimátum de la CE no llega por sorpresa. La primera “advertencia” se produjo en 2010, cuando la Comisión llevó a España ante la Justicia europea al comprobar que varias aglomeraciones urbanas con más de 15.000 habitantes no disponían ni de sistemas colectores ni de sistemas de tratamiento de aguas residuales urbanas. En abril de 2011, el TJUE dictó sentencia confirmando la demanda de la CE del 2010, que volvería a producirse en 2017, porque el país seguía sin cumplir la sentencia del 2011. Hubo una gran consecuencia: en julio de 2018, España fue condenada a una multa millonaria (de unos 60.000 euros diarios) por seguir con el incumplimiento.

“A pesar de algunos avances, no se prevé que España cumpla plenamente sus obligaciones en un futuro próximo”, señala Bruselas en su informe. Una afirmación que puede dar a entender que arroja la toalla, pero, justo por ello, la CE ha enviado el dictamen motivado para que “acelere” el cumplimiento.
La verdad es que los cálculos no son desencaminados, pues el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico español está trabajando en el Plan DSEAR (Depuración, Saneamiento, Eficiencia, Ahorro y Reutilización), que sustituirá al Plan Nacional de Calidad de las Aguas 2007-2015, lastrado por la falta de ejecución presupuestaria en las administraciones implicadas. Se prevé que el nuevo plan esté listo para el próximo verano, con lo que no se llegaría a tiempo a la “fecha tope” de abril. Aunque se produzca unos meses más tardes, ¿será, 2020, el año en que se ponga fin este largo cronograma de agravios?
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